- Obtener enlace
- X
- Correo electrónico
- Otras aplicaciones
- Obtener enlace
- X
- Correo electrónico
- Otras aplicaciones
Prestará servicios comunitarios en la forma prevista en el Artículo 295 del CCP, por el máximo plazo legal, dos veces por semana dos horas diarias.
Desde el mes de abril del presente año, personal de Seccional Primera en coordinación con el Juzgado Letrado de 4° Turno, venía realizando trabajos de investigación en torno a una denuncia por posible estafa en perjuicio de un comercio de Maldonado.
La instancia de parte fue presentada por el propietario del comercio damnificado, en la que daba cuenta sobre maniobras fraudulentas efectuadas por un empleado del mismo desde tiempo atrás, algunas de las cuales consistían en la entrega de mercadería a clientes, sin declarar el dinero cobrado, entre otras varias maniobras.
El denunciado, identificado con las iniciales P.M.G.V., de 43 años, por orden judicial fue citado a declarar en la Sede Penal, donde el pasado viernes, luego de efectuada la instancia Judicial, el Sr. Juez Letrado dispuso la condena del imputado como autor penalmente responsable de de un delito continuado de apropiación indebida, a sufrir la pena de quince (15) meses de prisión y siendo de su cargo las prestaciones accesorias legales de rigor.
La pena de prisión será sustituida por un régimen de libertad a prueba por igual plazo, la que se cumplirá de la siguiente manera; Arresto domiciliario nocturno de 22:00 a 06:00, residir en un lugar determinado, someterse a la orientación de la O.S.L.A., la obligación de presentarse una vez por semana en la Seccional Policial de su domicilio, prestar servicios comunitarios en la forma prevista en el Artículo 295 del CCP, por el máximo plazo legal, dos veces por semana dos horas diarias.
Comentarios
Publicar un comentario