Policía de Maldonado ayudo en condena con prisión por violencia doméstica en Florida

Joven de 18 años fue condenado con prisión efectiva tras ser detenido por agredir físicamente a su pareja y, a posterior, cometer desacato ante las autoridades fiscales y policiales mientras se celebraba la audiencia en Fiscalía.


El 10 de agosto, en horas del mediodía, el Servicio de Emergencias 9-1-1 recibe un llamado mediante el cual alertan a la Policía de un problema familiar que estaba ocurriendo en una casa ubicada en el balneario Buenos Aires, explicando el denunciante que un hombre estaba agrediendo a su pareja a golpes de puño. Inmediatamente, personal del Centro de Comando Unificado comisionó policías al lugar.

Al arribar al punto, los funcionarios de la Unidad de Respuesta Policial Móvil de la Zona Operacional IV (URPM IV) se encuentran con que el agresor está dentro de la casa y no permite que los actuantes vean a la víctima.

Ante la situación, se enteró a la Justicia competente y, posteriormente, a la propiedad, logrando entrevista con la mujer, quien estaba visiblemente golpeada, por lo que fue derivada a un centro de salud.

Respecto al hombre, fue detenido y trasladado a una dependencia policial.

Enterada, la Fiscalía de 1.º Turno dispuso, entre otras actuaciones, medidas cautelares, ingreso de las partes al Sistema de Monitoreo Electrónico y la conducción del detenido a su sede para continuar con las averiguaciones.

Durante la audiencia, el indagado comienza a insultar y amenazar a su abogada defensora y a los Fiscales. Al intervenir el personal policial, el mismo se desacató, causando daños y autolesionándose.

Luego de la audiencia en Fiscalía, el 12 de agosto, fue derivado al Juzgado Letrado Especializado en Género, Violencia Doméstica y Sexual de 1.º Turno, donde se lo condenó como autor penalmente responsable de un delito de violencia doméstica agravado por ser la víctima una mujer, en concurrencia formal con un delito de lesiones personales agravadas en reiteración real y un delito de desacato agravado a la pena de 10 meses de prisión de cumplimiento efectivo con descuento de la detención sufrida y de su cargo las accesorias de rigor previstas en el artículo 105 literal C del Código Penal.
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