TRES PERSONAS DETENIDAS POR LA INCAUTACIÓN DE 100.833 GRAMOS DE MARIHUANA.

Tareas de inteligencia llevadas adelante por personal de la Delegación Rivera bajo la órbita del Juzgado Letrado de Primer Turno de dicha ciudad permiten establecer, que dos femeninas de nacionalidad paraguaya y un masculino estarían organizando el ingreso de una importante cantidad de sustancias estupefacientes al país para su posterior entrega en la capital del país. 


Atento a lo expuesto, se procede a realizar un operativo de control contando con la colaboración de la Dirección Nacional de Migración, donde se puede detectar el ingreso al país desde Santana do Livramento de un vehículo investigado notando al conductor del mismo muy nervioso por lo que es llevado a la delegación para una inspección minuciosa.

Una vez en esa se realiza la inspección encontrando dos bajo fondo en el valijero y compartimientos en los zócalos del mismo los que contenían ladrillos de sustancia vegetal prensada y encintada. Sometida la sustancia a la prueba de campo la correspondiente, la misma reaccionó en forma positiva al reactivo de Marihuana, con un peso total de  100.833 grs., discriminada en 158 ladrillos prensados y encintados.

Resultan detenidos: 

V.G.S., paraguayo, soltero, de 64 años de edad.
I.B.V., paraguaya, soltero, de 19 años de edad. 
S.R.B.V., paraguaya, soltero, de 18 años de edad. Incautándose la camioneta MERCEDES BENZ, modelo ML 430 matrícula BOG 997.

Actualización 30/03/15

Enterado al Magistrado actuante de todo cuando antecede, dispone que  los detenidos sean conducidos en día de hoy a Sede Penal.

Culminad la Instancia Judicial, el Magistrado Actuante dispuso el Procesamiento con Prisión para:

-V.G.R., por la presunta comisión de un delito establecido en el art 31 del decreto ley 14294 en la redacción dada por ley 17016 en la modalidad introducción, tránsito y transporte en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de uso de documento o certificado falso público
-Z.B.V. e I.B.V., por la presunta comisión de un delito establecido en el art. 31 de decreto ley 14294 en la redacción dada por ley 17016 en la modalidad introducción, tránsito y transporte, la primera en calidad de coautor y la segunda en calidad de autor responsable”.

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