Ingresó a la zona de exclusión del monitoreo electrónico y fue detenido

 El protocolo para situaciones de incumplimiento de medidas de no acercamiento entre víctimas y victimarios se activó en Ciudad del Plata y la Policía detuvo rápidamente a un hombre mayor de edad quien, tras su sometimiento ante la Justicia, fue condenado a seis meses de prisión en régimen mixto y obligaciones.


El pasado 27 de febrero se activó la alerta en el Centro de Comando Unificado Departamental (CCUD) de San José ante un incumplimiento de medidas de no acercamiento entre dos usuarios de tobilleras electrónicas por casos de violencia doméstica y de género.

Cabe recordar que este tipo de alertas tiene un grado de prioridad “uno” para la Policía Nacional, lo que determinó se accionara el dispositivo para estos casos; allí se le comunica a la víctima de la transgresión y se derivan móviles de respuesta rápida en procura del victimario, quien es rastreado por el GPS de la tobillera electrónica, y móviles de la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género concurren hasta donde se encuentra la víctima para brindarle seguridad hasta culminado el operativo.

En este sentido, efectivos policiales detuvieron al autor de 35 años, quien fue trasladado a la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género de Ciudad del Plata quedando este detenido a disposición de la Fiscalía Letrada y del Juzgado de 1er Turno de Libertad que llevaba la causa.

Es así que, en las últimas horas, y tras la audiencia en el referido Juzgado, fue condenado N.F.A.S de 35 años como autor penalmente responsable de reiterados delitos de desacato a la pena

de seis meses prisión que se cumplirán en régimen mixto de cuatro meses de prisión efectiva y dos meses de libertad a prueba atento a su condición de primario con obligaciones de:

1) Residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión de OSLA.

2) Sujeción a la orientación y vigilancia permanente de dicha institución.

3) Presentación una vez por semana en la seccional policial correspondiente al domicilio fijado.

4) Prestación de servicios comunitarios a realizarse durante dos horas semanales durante un plazo de dos meses que deberán coordinarse con OSLA; y la colocación de dispositivo electrónico al imputado con una prohibición de acercamiento por un radio de quinientos metros y de comunicación por cualquier medio hacia la victima de autos por el plazo de dos meses.

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