Plataformas deberán elevar datos los primeros 10 días de cada mes.

Por resolución las empresas de transporte oneroso de pasajeros deben informar sobre las matrículas de los vehículos que operan, los conductores, fecha y hora de los viajes realizados.



El artículo 5 de la Resolución Nº 14/17, que reglamenta el decreto sobre las plataformas de transporte oneroso de pasajeros, dispone que las empresas administradoras de estas plataformas deberán entregar a la IM los datos de los vehículos que realizaron dicho servicio entre el primer y el décimo día de cada mes, correspondientes al mes anterior.

Los datos a proporcionar son:

  • Matrículas de todos los vehículos que operan mediante el uso de plataformas de intermediación de transporte oneroso de pasajeros (formato: letras / espacio / números).
  • Todos los conductores afectados a este servicio (cédula de identidad, formato: números incluido dígito, sin signos).
  • Fecha de todos los viajes realizados por éstos (formato: día, mes y año).
  • Hora de inicio de cada viaje (formato 24 horas).
  • Kilómetros recorridos en cada viaje en Montevideo con pasajero.

En caso de ser necesario, la IM podrá solicitar a los titulares o representantes de las plataformas electrónicas informes adicionales -resguardando los datos personales- a fin de mejorar la gestión.

Cabe recordar que el artículo 6 del Decreto Nº 36.197, sancionado por la Junta Departamental de Montevideo, establece que la Intendencia llevará un Registro de los vehículos prestadores del servicio, de los permisarios y de las plataformas electrónicas previstas en el artículo 1.

PAGO DEL CÁNON Y REGISTRO

Hasta tanto el sistema informático definitivo no se encuentre operativo, el cálculo del cánon se realizará con el valor de la Unidad Indexada correspondiente al primer día del mes de cargo. Una vez implementado el sistema, el cánon se calculará con la Unidad Indexada correspondiente al día de realizado el viaje.

Para realizar el trámite de registro y acceder al sistema de Registro de Permisarios, la persona (permisario) deberá contar con domicilio electrónico. En caso de no tenerlo, previo al registro en el Sistema de Transporte de la comuna, hay que ingresar al sitio web de Agesic y obtener usuario, contraseña, completar e imprimir los formularios necesarios para la generación del domicilio electrónico.

El proceso culmina con el trámite que se realiza de forma presencial en el Servicio Atención a la Ciudadanía. Luego de 48 horas, estará habilitado para registrarse en el Sistema de Transporte. La Intendencia notificará todos los aspectos relevantes y de interés a los permisarios por este sistema.

Todas las comunicaciones de la Intendencia con los permisarios del transporte oneroso de pasajeros en vehículos privados se llevarán adelante a través del sistema notificaciones.gub.uy. Los permisarios tendrán tres días hábiles para ingresar al sitio de notificaciones una vez recibido el anuncio correspondiente. Transcurrido dicho plazo, se los tendrá por notificados.

CONDICIONES DE LOS VEHÍCULOS

El jueves 31 de agosto vence el plazo para que los vehículos cumplan con las condiciones exigidas por la Intendencia en la reglamentación vigente.

Los vehículos deberán cumplir con las siguientes condiciones:
  • Estar empadronados en el departamento de Montevideo.
  • Tener una antigüedad máxima de 6 (seis) años desde el primer empadronamiento.
  • Cumplir las condiciones sobre titularidad establecidas en el artículo 3º del Decreto Nº 36.197 de 22 de diciembre de 2016.
  • Ser tipo sedán o rural, en ambos casos de 4 ó 5 puertas.
  • Cumplir con los requisitos de la Ley 19.061 de Tránsito y Seguridad Vial del 22 de enero de 2013 y sus decretos reglamentarios.
  • Contar con capacidad para un total de 5 pasajeros, incluido el conductor (datos verificables mediante Documento de Identificación Vehicular).
  • Tener las siguientes medidas mínimas: largo 3,6 metros; ancho 1,6 metros; alto 1,40 metros.
  • Contar con motor de 1000 cc como mínimo.
  • La capacidad mínima del baúl será 250 litros.

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