Intendencia de Montevideo vende llamas para vigilar rebaños de ovejas

La Intendencia de Montevideo firmará un acuerdo con Central Lanera Uruguaya para establecer las condiciones en las que se venderán algunas llamas del parque Lecocq a productores de ovinos.


En el acuerdo referido se establecerán las condiciones que regirán los convenios de compraventa de llamas a suscribirse entre la IM y los productores que resulten seleccionados por Central Lanera Uruguaya.

La resolución de la comuna aprobada en el Acuerdo semanal de este lunes 30 de junio recuerda que la IM mantiene en el parque Lecocq un grupo reproductor de llamas (lama glama) sobre el cual ha desarrollado diversas líneas de investigación, entre las que se destaca su utilización como animales de guarda para las ovejas.

En este marco se han suministrado varios de estos animales excedentes a productores ovinos con muy buenos resultados.

En Uruguay los predadores son responsables de entre 8% y 9% de la mortandad anual que sufre el stock nacional de ovinos, por lo que resultan de especial interés y relevancia los métodos que se detecten y se utilicen para evitar esta problemática.

En ese sentido, se ha tenido acceso a trabajos que identifican a la "llama" como guardián del rebaño verificándose su efectividad contra cánidos (coyote, lobo, zorro, perro, entre otros).

Hay referencias, además, de que las llamas han disminuido a cero mortandades muy altas de ovinos a manos de los coyotes.

Ĺa cantidad de llamas existente en el parque Lecocq supera los requerimientos para las líneas de investigación y desarrollo que están en curso.

Es en este contexto que la IM prevé acordar con la Central Lanera Uruguaya las características de los convenios con los productores de ovinos que quieran acceder a los servicios de una llama para guardián de su rebaño.

El precio de venta de las llamas será fijado por el Sistema Departamental Zoológico de Montevideo (SDZM) de acuerdo con los valores de mercado, el que en ningún caso será inferior a los U$S 300.

Se utilizarán excedentes machos que no estén destinados al canje como forma de ingreso de nuevas especies al SDZM y podrían destinarse hembras que hayan cumplido su etapa reproductiva previo informe favorable de las autoridades competentes. 

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