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Se trata de las sentencias finales del TCA dadas a conocer este lunes a la tarde, y que ponen punto final al diferendo suscitado con las casas emplazadas en la faja costera de Punta Colorada, en terrenos de uso público y cierra un litigio de 30 años de idas y vueltas.
La directora de Asuntos Legales de la IDM, Adriana Graziuso, explicó que durante todos estos años la intendencia buscó recuperar la tenencia de este padrón entre procedimientos administrativos y jurisdiccionales.
En ese sentido mencionó que el TCA (Tribunal de lo Contencioso Administrativo) reconoce en su último fallo que todo debe tener un punto final a los efectos que no se acepten más procesos para evitar continuar sobre el mismo tema.
Tal es así que las sentencias reafirman el final de los procesos judiciales, algo que se ve reflejado en dos sentencias dictadas este lunes y que impiden la continuidad de estos procesos eternamente.
Lo hace a través de la resolución número 28, que hace referencia a demolición de las casas y la otra, la número 27, que hace referencia a los embarcaderos(boteras) ubicadas también en Punta Colorada, se cierra el tema.
En concreto se cita textual “un Estado de Derecho no solo debe reconocer a los justiciables el debido acceso a la tutela jurisdiccional efectiva, sino también, y no menos importante, debe asegurarles el derecho a que exista un punto final en los procesos que impida la renovación eterna de los mismos, pues ello también atenta contra las bases más profunda de una democracia”
Este fallo reafirma que son tierras de dominio público y que no existen más instancias a las que recurrir, referente a la demolición que la IDM piensa llevar adelante cuando así lo entienda pertinente.
Para Graziuso se reconoce la naturaleza pública de dichos padrones, algo que ya había sido reconocido por el TCA y el Poder Judicial en varias instancias.
Al recuperar la tenencia y determinar que hay cosa juzgada, la IDM gana las instancias judiciales con respecto al tema en defensa de la propiedad pública y el medio ambiente al no estar habilitadas dichas construcciones sobre la faja costera.
Adriana Graziuso también destacó el trabajo ambiental que viene realizado la IDM para el cuidado de la faja costera y su preservación para el uso público.
Cabe recordar que en noviembre del año pasado el Tribunal de lo Contencioso falló también a favor de la IDM en un dictamen en el que comparte lo expresado por la Procuradora de Estado Adjunta y no hace lugar a la suspensión de la ejecución de la demolición como habían solicitado quienes se adjudican la propiedad de las casas emplazadas en la faja costera de Punta Colorada.
Indicaba en ese momento que las viviendas, cuya demolición se intimaba, son de utilización temporaria, dado que los comparecientes tienen sus domicilios reales en Montevideo y Punta del Este, así como tampoco se pudo acreditar el valor histórico de las construcciones, no aportando pruebas en ese sentido.
Por otra parte, vale recordar que la sentencia en primera instancia del juez Federico Rodríguez sobre la acción de amparo para evitar la demolición, con fecha 16 de noviembre de 2023, fue la sexta sentencia consecutiva a nivel judicial donde se determinó que los padrones son de dominio público.
El magistrado citó en su sentencia 235/2005 del 11/5/2005 del TCA, la de la Suprema Corte de Justicia n° 742/2014 del 18/8/2014, la sentencia de segunda instancia del Tribunal de Apelaciones en lo civil de 6to turno N° 137/2013, la número 222/2021 del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1er Turno, así como la sentencia 39/2021 del Juzgado letrado de Maldonado de 6to turno, a lo que se suma la reciente sentencia del magistrado.
Vale decir, 7 en total, sumada la del TCA de noviembre de 2023.
El fallo de este lunes cierra 9 resoluciones a favor de la IDM en este tema.
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