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Prestará servicios comunitarios en la forma prevista en el art.295 Bis del CCP, una vez por semana dos horas diarias, por el plazo máximo legal (10 meses).
En horas de la tarde del domingo 5, efectivos de la Zona Operacional IV detuvieron a E.G.P.A. de 19 años quien fue visto transportando una bicicleta y una barra de sonido. Los efectos estaban denunciados por hurto cometido el 31 de enero en La Barra.
A su vez ese mismo domingo se registró un hurto en el interior de un vehículo en balneario El Tesoro. El denunciante expresó que sorprendió a un hombre dentro de su automóvil quien hurtó 700 pesos uruguayos y huyó al percatarse de su presencia.
Realizadas las investigaciones y el análisis de las cámaras de seguridad de la casa, fue identificado E.G.P.A. como el autor del hecho.
Enterada la Fiscalía de 1er. Turno impartió directivas y dispuso la conducción del hombre a la Sede Letrada.
Realizada la instancia en el Juzgado Penal de 4° Turno, fue dispuesta la condena de E.G.P.A. como autor penalmente responsable de dos delitos de hurto especialmente agravados, todos ellos en régimen de reiteración real entre sí, a la pena de 14 meses de prisión, pena que será sustituida por un régimen de libertad a prueba por igual plazo que será cumplida de la siguiente manera: los primeros seis meses de arresto domiciliario total y el resto de la condena cumplir con las siguientes obligaciones: residir en un lugar determinado, someterse a la orientación y vigilancia de la OSLA, la obligación de presentarse una vez por semana a la Seccional Policial más cercana a su domicilio, prestar servicios comunitarios en la forma prevista en el art.295 Bis del CCP, una vez por semana dos horas diarias, por el plazo máximo legal (10 meses).
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