“Empadronamiento en el Pueblo”: se prorroga la exoneración de costos asociados a los reempadronamientos

 El Congreso de Intendentes aprobó la prórroga de este proyecto. Por lo tanto, los interesados en adherirse tienen plazo hasta el 30 de diciembre inclusive para completar el primer paso del proceso que consiste en ingresar al Formulario web y rellenarlo.


Una vez realizado ese paso y concluido el plazo -del 30 de diciembre de 2022-, personal de la Dirección de Registro de Vehículos de la Intendencia de Maldonado se contactará con los que completaron el formulario para brindarles fecha y hora, y así poder ser atendidos personalmente.

Por consiguiente, primero hay que ingresar AQUÍ o en la pestaña “Servicios”, “Guía de Trámites y Formularios”, luego “Formularios Online” y seleccionar “Empadronamiento en el Pueblo – SUCIVE”. 

Antecedente y trámite

La resolución adoptada en el Congreso de Intendentes, comprendida en el proyecto “Empadronamiento en el Pueblo”, tiene por finalidad incentivar a los poseedores de los vehículos automotores a reempadronar sus unidades en los lugares de residencias, exonerándolos de costos asociados a este trámite.

Desde el punto de vista formal, la ley N° 18860 -en su artículo 11 modificativo del artículo 8 de la ley Nº 18456- se impuso la obligatoriedad para reempadronar según el lugar de la residencia de los titulares de los vehículos. En este contexto, y con fines de depuración de su padronero, el Congreso en forma previa a la entrada en vigencia de este proyecto realizó un plan de regularización de adeudos.

Se trata de la exoneración de los costos asociados de matrículas y documento de identificación vehicular (DIV) del automotor.

Al momento de efectuar el trámite se deberá tener en cuenta la siguiente documentación requerida:

DIV.

Seguro Obligatorio de Automotores (SOA).

Recibo o factura de servicios públicos a nombre de quien realiza el trámite a los efectos de probar la residencia.

Recibo de patente al día o convenio firmado vigente por adeudos tributarios.

Inspección Técnica Vehicular vigente o inspección ocular de la unidad de la Intendencia, o certificado notarial consignando datos del vehículo: padrón, código nacional, matrícula, marca, modelo, año, número de motor y Chassis. 

Si la unidad es un camión (categoría fiscal B), debe tener Sistema Integral de Control de Transporte de Carga (SITRAC) al día expedido con el aval del MTOP.

Sobre el trámite en la instancia presencial:

Concurrir con cédula de identidad o pasaporte.

Si quien concurre no es el titular del vehículo, se debe presentar carta poder con certificación notarial de firmas con consignación específica de los datos del automotor para efectuar el reempadronamiento según el lugar de residencia del titular del vehículo.

En caso de que conjuntamente con el reempadronamiento se tramite la transferencia de la unidad (por título antecedente o por posesión), se deberá presentar certificado notarial que consigne los datos individualizantes de los otorgantes y del automotor (padrón, código nacional, matrícula, marca, modelo, año, número de motor y Chassis).

Si quien se presente alega derechos posesorios sobre la unidad, además del certificado notarial acreditante, deberá presentar declaración jurada que establezca fecha desde la que es poseedor del automotor que contenga matrícula y padrón.

Debe presentar DIV y matrículas originales. En caso de no tenerlas, deberá tramitar su denuncia por extravío o hurto en la Policía.

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