Nuevo procedimiento para el control del porcentaje de música nacional en las radios

 Según la normativa vigente los servicios de radiodifusión de radio abierta, los servicios para abonados en sus señales radiales propias y las señales de radio establecidas en Uruguay que sean difundidas o distribuidas por servicios para abonados con autorización o licencia para actuar en nuestro país deberán emitir al menos 30% de música de origen nacional del total de su programación musical. Por su parte, las radios temáticas musicales deben destinar dos horas de emisión como mínimo, para la difusión de producciones de músicos nacionales.


Por Resolución de URSEC N° 88/021 de 27 de mayo de 2021 se modificó el procedimiento para controlar el cumplimiento del porcentaje de música nacional, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 19.307 de 29/12/014 y su Decreto Reglamentario N° 160/09 de 5/06/019.

Según el nuevo procedimiento, cada semana el Directorio de URSEC seleccionará por sorteo tres emisoras del total de las emisoras operativas y habilitadas. Las emisoras seleccionadas serán notificadas el día de la semana/quincena inmediatamente anterior al que se les realizará el control y deberán aportar una planilla completada con la información de los temas musicales emitidos ese día y la grabación correspondiente.

Para el caso de emisoras registradas como temáticas, se realizarán controles complementarios y aleatorios. En el caso de detectarse algún tipo de incumplimiento, se solicitará a la emisora la grabación correspondiente para verificación y respaldo.

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