Plan Pensiones Municipio B

 Subsidio temporal de emergencia para favorecer la permanencia de personas y familias en los barrios del Municipio B.


Ante el actual contexto de emergencia social y sanitaria, el Municipio B pone en marcha un plan de subsidios temporal con el objetivo de favorecer la permanencia en los barrios de los vecinos y vecinas que se encuentran en situación de riesgo de desalojo en pensiones y en casas de inquilinato ubicados en los barrios del Municipio. 

Plan Pensiones Municipio B es una acción de carácter transitorio y focalizado, que no solo busca evitar posibles desalojos sino también paliar “la incertidumbre de permanencia” en palabras de la alcaldesa.  Al referirse al Plan Pensiones Municipio B,  la alcaldesa Silvana Pissano señaló que “la vivienda representa una primera línea de defensa. Es un asunto de derechos humanos.”

“Estamos hablando de vecinos y vecinas que ya están viviendo situaciones complejas por la emergencia. Y a todo esto le sumamos la amenaza latente de un posible desalojo por la imposibilidad de pago y así el miedo a quedar en la calle. Por eso, desde el Municipio, como gobierno de cercanía que somos, con esta iniciativa queremos aportar y sumar nuestro granito de arena” .

¿De qué se trata el Plan Pensiones Municipio B?

Es un subsidio temporal de emergencia que busca favorecer la permanencia de personas y  familias en las pensiones y casas de inquilinato ubicadas en el territorio del Municipio B.

¿A quién está dirigido?

A personas y familias en situación de riesgo de desalojo que residan en pensiones y casas de inquilinato regularizadas por la Intendencia de Montevideo ubicadas en el territorio del Municipio B. 

¿Cómo es el subsidio?

Se trata de un subsidio que se pagará una única vez, de hasta $12.000 por persona para cubrir un período máximo de dos meses de alojamiento. 

¿Quiénes pueden postular?

Se aceptará una única postulación por núcleo familiar. No pueden postular dos personas de un mismo núcleo, una única persona será responsable de postular por toda la familia.  Sólo las personas que viven en pensiones y casas de inquilinato regularizadas por la Intendencia de Montevideo pueden recibir el subsidio. 

¿Cómo y cuándo postular al subsidio?

Del 12 al 28 de julio se podrá postular a través del siguiente formulario: cutt.ly/PensionesB

De forma presencial, los días 26, 27 y 28 de julio de 10:00 a 16:00 horas en la sede del Municipio B (J. Requena 1701, Plaza Líber Seregni), el Centro Comunal 1 (Paysandú 1188) y el Centro Comunal 2 (Eduardo Víctor Haedo 2046) , se brindará apoyo para quienes no tengan acceso informático. 

¿Cuáles son las pensiones y casas de inquilinato comprendidas? 

Todas las pensiones y casas de inquilinato que estén regularizadas por la Intendencia de Montevideo ubicadas en el territorio del Municipio B. 


Criterios de elegibilidad

Se tomarán en cuenta los ingresos, la composición del hogar (priorizando niños, niñas y adolescentes, adultos mayores y personas en situación de discapacidad); identidad étnico-racial e identidad de género. También se tomarán en cuenta otras situaciones tales como violencia basada en género, personas recientemente liberadas del sistema penitenciario, entre otras. En base a esto, se priorizarán aquellas situaciones más vulneradas. 

Cómo se implementa el Plan Pensiones Municipio B

El Municipio B firmó un acuerdo con la organización de la sociedad civil IPRU (Instituto de Promoción económico-social del Uruguay). Esta organización es la responsable de la implementación del Plan Pensiones Municipio B. 

¿Cómo se recibe el subsidio?

Una vez que se haya sido seleccionado como beneficiario, para hacer efectivo el subsidio se requiere la firma de un "acuerdo de subsidio" entre propietario de la pensión -inquilino/a donde se establecen las condiciones, derechos y obligaciones de ambas partes. Se garantiza así la permanencia por el tiempo acordado.  El pago se efectúa directamente al propietario. 

Transparencia y rendición de cuentas

Se creará una  Comisión de Seguimiento del Plan Pensiones Municipio B la cual estará integrada por funcionarios/as del Municipio B, del Servicio de Convivencia,  del Departamento de Desarrollo Urbano y del Departamento de Desarrollo Social de la Intendencia de Montevideo, Concejales Municipales del Municipio B, representantes de la Junta Departamental de Montevideo y representantes de la Defensoría de vecinas y vecinos de Montevideo e IPRU.  

IPRU presentará ante el Municipio B y ante esta Comisión un informe semanal en el cual se detallen los avances de acuerdo al cronograma establecido así como los criterios de incorporación al “Plan Pensiones Municipio B” de las personas/hogares beneficiarias/as.

Atención a la Emergencia Social

En respuesta a la situación de emergencia social y sanitaria, el gobierno del Municipio B incorporó en su Plan de Desarrollo Municipal (PDM) el componente de “Atención a la Emergencia Social”. Allí se establece como compromiso “la implementación de un subsidio temporal de emergencia que favorezca la permanencia de personas y familias en las pensiones y casas de inquilinato ubicadas en el territorio del Municipio B”.

En el Municipio B se encuentran el 70% de las pensiones inscriptas en Montevideo según datos de un censo realizado por el Servicio de Convivencia Departamental de la Intendencia de Montevideo. En la totalidad de la ciudad hay más de 200 pensiones inscriptas y se estima que un 20% de las personas que residen en estas se encuentran en situación límite. 

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