Intendencia de Maldonado actualiza el servicio de expedición del Derecho de Preferencia

 Con el fin de contar con un servicio más amigable y rápido, la Intendencia de Maldonado optimiza el trámite para la solicitud del formulario que se lleva a cabo de manera online. Además, se ha añadido un instructivo referido a los pasos a seguir.


Se puede acceder a este trámite en Servicios y Trámites dispuesto en la sección derecha inferior del sitio web de la IDM o ingresando AQUÍ

En primer lugar, pulsar el botón de Solicitud de Formulario, luego completar los datos del solicitante; seleccionar el tipo de padrón -urbano o rural- y rellenar los datos que se piden; y por último completar los datos del plano de mensura. Para finalizar, apretar el botón Enviar.

En cuanto a la notificación, la IDM lo hará a través de un correo oficial el cual estará remitido a la casilla de correo completada en los datos del solicitante; tendrá como asunto el número de trámite y el padrón al que se hizo referencia en la solicitud, y también contará como adjunto el Formulario correspondiente en formato electrónico PDF y como nombre del archivo aparecerá el número del trámite efectuado. En el cuerpo del correo, se notificará la respuesta a la solicitud realizada. 

La respuesta al trámite debe llegar dentro del mismo día de solicitud, siempre que los datos enviados sean correctos. Para los casos que los datos estén incorrectos, la IDM se estará comunicando a la brevedad en horario de oficina. También se puede hacer el reclamo a través del correo derechodepreferencia@maldonado.gub.uy pasado el plazo estipulado o comunicándose al teléfono 4222 3333 (internos 1731 y 1732) durante los días hábiles entre las 9.15 y las 14.45 horas.

Expedición de Derecho de Preferencia

Está contemplado en el Artículo 66 de la Ley N° 18.308 que establece lo siguiente: "El gobierno departamental tendrá preferencia para la adquisición de inmuebles objeto de enajenación onerosa entre particulares en las áreas dispuestas específicamente por los instrumentos de ordenamiento territorial a excepción de lo dispuesto en la Ley Nº 11.029, de 12 de enero de 1948".

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