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Dos personas fueron condenadas por incumplimiento a la Ley de Faltas.
1) Un hombre de 67 años de edad, fue condenado por la Sede de Paz de 2do Turno, a cumplir trabajos comunitarios por el término de siete (7) días, dos (2) horas por día, en calidad de autor responsable de la falta prevista en el Art. 365 de le Ley 19.120, inciso 2 (conducción de vehículo motorizado sin la autorización correspondiente).
2) Respecto a un hombre de 33 años de edad, la Sede de Paz de 2º Turno dispuso la sentencia de cumplir con trabajos comunitarios por el término de siete (7) días, dos (2) horas diarias, en calidad de autor responsable de la falta prevista en el Art. 365 de la Ley 19.120, inciso 3 (conducción de vehículo motorizado con grave estado de embriaguez).
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