Se establece en la cantidad de 60 los cupos de chapas de remíses en Río Negro

Según el Decreto 233/019 de la Junta Departamental de Río Negro:
Visto: El tema presentado por el señor Edil Mauro Lanusse sobre modificación del artículo 18 de la Ordenanza de Servicio de Remises, Decreto 209/013 de fecha 27/9/2013, que determina la forma de distribución de los 54 cupos de chapas de remís por localidad.

Considerando: Que se entiende necesario modificar el mencionado artículo llevando a 60 (sesenta) el número de cupos de chapas remís, sin discriminación por localidad para todo el departamento de Río Negro.

Atento: Al informe de la Comisión de Legislación, el que en sesión de la fecha resulta aprobado.

La Junta Departamental de Río Negro Decreta:

Artículo 1º) Modifícase el artículo 18 del Decreto 209/013, Ordenanza de Servicio de Remises, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 18º) Se establece en la cantidad de 60 (sesenta) los cupos de chapas para prestar el servicio que regula la presente ordenanza, sin discriminación por localidad, para todo el departamento de Río Negro”.

Artículo 2º) Pase al Ejecutivo Departamental a sus efectos.

Sala de Sesiones de la Junta Departamental de Río Negro, el veinticuatro de mayo del año 2019.

Se hace constar que esta resolución ha sido adoptada con el voto conforme de los veinticinco (25) señores Ediles presentes en Sala.
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