La Suprema Corte de Justicia rechazó los recursos de inconstitucionalidad de articulos del decreto que regula el transporte a través de plataformas.

La Suprema Corte de Justicia rechazó los recursos de inconstitucionalidad de los artículos IV y VIII del decreto Nº 36.197, que regula el transporte oneroso de pasajeros a través de plataformas.


La reafirmación del caracter constitucional de todos los artículos que integran este decreto significa que convierte a Montevideo en una de pocas ciudades del mundo que ha podido regular el sistema de las plataformas de transporte de pasajeros.

El decreto, aprobado por la Junta Departamental de Montevideo, entró en vigencia a fines del año 2016.

Entre otros aspectos, se estableció la fijación de un cánon que debían pagar los permisarios de los vehículos que brindan el servicio, al hacer uso del espacio público.

En setiembre del año 2017 fue presentado un recurso de inconstitucionalidad por la empresa Easy Taxy SA respecto a los artículos IV y VIII, vinculados al cánon y los medios de pago por traslado.

Al respecto, la Suprema Corte de Justicia rechazó la inconstitucionalidad de ambos recursos, por lo que el decreto reafirma su amparo ante la ley.

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