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Suprema Corte de Justicia modifica régimen de turnos en Jusgados de Familia Especializado.

El Ministro Superior de Feria y la Dirección General de los Servicios Administrativos (DGSA), atendiendo al planteamiento realizado por la Comisión Permanente de Seguimiento de los Juzgados de Familia Especializados referente a la problemática derivada de la distribución de turnos dispuesta por Acordada nº 7859 de fecha 21 de diciembre de 2015 y Acordada nº 7882 de 5 de diciembre de 2016, dispusieron modificar el régimen establecido por dichas normas.


Las Acordadas 7859 y 7882 planteaban una solución transitoria de aplicación en las sedes con competencia en la materia señalada. Advertida la Corporación respecto de la necesidad de una solución inmediata para la situación planteada, se resolvieron las modificaciones que a continuación se detallan (Resolución SCJ nº 1138/2016, de fecha 27 de diciembre de 2016):

1) Dejar sin efecto el numeral 3) del artículo 4º de la Acordada nº 7859.-

2) Dejar sin efecto la Acordada nº 7882 (que agregó el numeral 5) al artículo 4º de la Acordada nº 7859.

A su vez, en la mencionada resolución se deja constancia que oportunamente se librará la Acordada correspondiente.

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