Velocidad controlada en intersección de rutas nacionales 93 y 37.

Instalan radar de control de velocidad en intersección de rutas nacionales 93 y 37, localidad de Pan de Azúcar, departamento de Maldonado.


El Ministerio de Transporte y Obras Públicas instaló un radar de velocidad electrónico fijo, próximo a la intersección de las Rutas 93 y 37 en la localidad de Pan de Azúcar, departamento de Maldonado; un punto que registra una siniestralidad importante de la cual la velocidad es una de sus principales causas.

El radar electrónico funciona a través de sensores colocados en el pavimento, cuyos dispositivos registran la velocidad alcanzada y la fotografía del vehículo en infracción. La información es enviada automáticamente a una fuente computarizada de control, a cargo del personal de la Policía Nacional de Tránsito de Maldonado.

Si bien la velocidad máxima autorizada en ese tramo es de 60 km/h, habrá una franja de tolerancia de 10 kms/h, por lo que las notificaciones de contravención se confeccionarán a partir de los 70 km/h.  

La fiscalización efectiva comenzará a partir de las 08:00 horas del próximo viernes 30  de diciembre. 

La fotografía -correspondiente al vehículo que cometa la infracción- estará a disposición de los interesados en el Destacamento de la Dirección Nacional de Policía de Tránsito de Maldonado, sito en Ruta 9 km 94.800 o en nuestra Sede Central en Camino Maldonado 5117.

Se recuerda a los conductores que luego de ser notificados de la infracción cuentan con 10 días para presentar sus descargos.

El importe de la multa es el siguiente:


- de 4 UR si excede menos del 25% de la velocidad autorizada.
- de 15 UR si excede más del 25% de la velocidad autorizada (teniendo como base 60 km/h para ambos casos).
- si el exceso de velocidad supera el doble de lo permitido o más, se dará cuenta del hecho al Juzgado de Faltas que corresponda.
Se hace saber también a la Población que solamente se efectivizarán las infracciones que estén debidamente documentadas con la foto del vehículo en la que conste la matrícula, fecha, hora y velocidad a la que circulaba por el punto de control.

Asimismo se reitera que: LA POLICÍA NACIONAL DE TRÁNSITO NO COBRA MULTAS  EN EL LUGAR DONDE SE CONSTATA LA INFRACCIÓN,  YA SEA RUTA NACIONAL O DENTRO DE LAS CIUDADES, las mismas se cobran -exclusivamente- en las oficinas expresamente habilitadas para ello.

Fuente: Dirección Nacional de Policía de Tránsito

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