Comunicado de la Asociación de Funcionarios Aduaneros.

Compartimos el comunicado de la Asociación de Funcionarios Aduaneros.


En virtud de la reciente promulgación del Decreto 256 del 2016 de fecha 15 de agosto de 2016,  por parte del Presidente de la Republica en acuerdo con el Ministro de Economía y finanzas, la A.F.A expresa lo siguiente:  

1.      El referido Decreto constituye una flagrante violación al contenido de la Sentencia Anulatoria del Decreto 204/2016 (que aprobara la reestructura organizativa de la DNA)  dictada por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, por cuánto de manera oblicua se desconoce el tenor y contenido  del fallo de la Justicia, aprobándose un nuevo decreto con idéntico alcance y contenido que el anulado.- Incluso se faculta al Director para que mediante el mecanismo de la designación directa siga encomendándole funciones de dirección y conducción a los funcionarios que había designado al amparo del anterior decreto, y que el TCA con meridiana claridad tachó dichas  designaciones de inconstitucionales. 

2.      Resulta falsa la afirmación realizada en el Decreto 256/2016 en cuánto a que la Sentencia del TCA no cuestiona la estructura organizativa de la DNA, cuando uno de los elementos determinantes del fallo fue la afectación a la carrera administrativa de los funcionarios  y  el derecho al  ascenso consagrado en la Constitución de la República y  que se encontraba coartado  y postergado por el régimen estructural y de funciones creado al amparo del Decreto anulado, y hoy desgraciadamente nuevamente convalidado, en lo que constituye un nuevo desacato del Poder Ejecutivo a los fallos de la Justicia, en este caso a  lo que determinó el  TCA. Ya les había tocado a los funcionarios judiciales que pese a pronunciamientos  de la SCJ ven postergados sus derechos, y ahora les toca a todos los funcionarios de aduana.

3.      El propio fallo del TCA en sus “ CONSIDERANDO “  expresa “ que corresponde puntualizar que los agravios del accionante se dirigen contra distintos aspectos de la reestructura aprobada y no se limitan a los artículos  3 y 4 como lo ha sostenido la accionada” , todo lo cual es soslayado por el nuevo Decreto que atribuye discrecionalmente un alcance parcial al fallo que claramente no tiene.-  

4.      Anular todo  el dispositivo creado  por el Decreto 204/2013 para acceder a las Funciones de Jefaturas  de Departamento, Divisiones , Asesorías y Áreas ( cuya fuente normativa reposaba en el Decreto anulado) , significa un cuestionamiento y una  anulación de toda la estructura, no en vano el TCA reparó en señalar que la nulidad era con carácter general y absoluto, y se tomó a la vez el trabajo de aclarar en sus considerando que los agravios y la nulidad dispuesta iban más allá del mecanismo de designación de funciones y del régimen de dedicación exclusiva. Nada de esto le importó al Ejecutivo que en su designio de seguir adelante con el mentado proceso de modernización soslayo el fallo del TCA poniendo en jaque  la Institucionalidad del país, las garantías básicas de un Estado de Derecho y de un sistema Republicano de Gobierno.

5.      Por lo demás queremos señalar que el mentado Decreto 256/2016 no fue negociado, se hizo a espaldas de los trabajadores – en lo que constituye una flagrante violación a la ley de negociación colectiva 18.508 j - , y que la supuesta necesidad imperiosa de crear un Decreto para que no haya vacío legal es una falacia que no encuentra el más mínimo sustento jurídico por cuanto existía una norma como el Decreto 282/2002 que regulaba la estructura organizativa de la Aduana que debió aplicarse, no porque se le antojara al Gremio sino  porque era consecuencia directa del fallo dictado por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo al cual todos sin excepción debemos ceñirnos, incluso el Poder Ejecutivo.

6.      Finalmente y en lo que constituye y corolario de cómo son considerados los trabajadores de Aduana para esta Administración, queremos manifestar nuestro profundo rechazo al numeral IV) del Decreto que establece como elemento determinante para la aprobación del mismo las “ opiniones favorables de los diferentes operadores involucrados “ soslayando o más bien despreciando la opinión y el rol de los trabajadores que para nada son referenciados en dicho Decreto.

7.      Seguiremos adelante con la lucha y acudiremos a todos los ámbitos jurisdiccionales que nos permitan alcanzar una tutela efectiva de nuestros derechos constitucionales que una vez más se encuentran violentados, sabedores de que dicha garantía no la encontraremos en la actual  Administración.

AFA

17 de agosto de 2016.

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