Tres procesados tras rapiña perpetrada en el balneario La Barra en Diciembre.

Próximo a las 21:00 horas del 2 de diciembre, la Mesa Central de Operaciones recibió un llamado al Servicio de Emergencias 911 mediante el cuál un ciudadano de 28 años informó sobre una rapiña perpetrada en un local comercial que gira en el rubro de supermercado ubicado en Camino Egusquiza del Balneario La Barra.

De inmediato se presentó en el lugar un móvil policial y su dotación entrevistando al denunciante respecto a lo sucedido.-

Este manifestó que es propietario de dicho comercio, en donde momentos antes una empleada del mismo le comunicara sobre el ingreso de dos sujetos, quién la amenazó con un arma de fuego e intimó a la entrega de un cofre de seguridad existente en el lugar y posteriormente se retiró del mismo.-

El denunciante manifestó que el delincuente sustrajo una suma cercana a los $U15.000 (quince mil pesos uruguayos), unos 600 Pesos uruguayos en Tickets Alimentación y Chequeras.-

Posteriormente, los efectivos del Distrito Operacional IV llevaron a cabo una exhaustiva investigación en la cual obtuvieron información valiosa acerca de la identidad de los dos posibles perpetradores del hecho.-

En tal sentido, a la hora 08:30 del día 09 de los corrientes, efectivos de la Unidad se constituyeron, munidos con la debida orden de allanamiento en una finca sita en Ruta y J. Lopez, barrio El Tesoro obteniendo como resultado la detención del uruguayo de iniciales B.A.A.H., de 18 años de edad, carente de antecedentes penales, como así también la incautación de dos cascos integrales (uno negro y otro blanco, tres celulares, dos cargadores, una campera Alfa negra y dos chapas matrículas de moto.-

Consecutivamente, el mismo personal actuante, con orden de allanamiento expedidos por la misma Magistrado, se constituyeron en otra finca sita en calles 17 y 24 barrio El Tesoro, jurisdicción de Seccional Doce, llevando a cabo la inspección deteniendo al uruguayo de iniciales B.G.C.C., de 20 años de edad.-

De las averiguaciones llevadas a cabo se estableció que el hermano de B.G.C.C., quien es policía, habría tomado conocimiento de la situación, conjuntamente con una mujer con quien este último tendría vínculo afectivo.-

Por todo lo expuesto la Sra. Magistrado Subrrogante de Segundo Turno dispuso la conducción de ambos detenidos a la Sede Penal y la citación del hermano de B.G.C.C., y su pareja a la Sede Penal en el día 9 de enero, en donde comparecieron, disponiendo, posteriormente su detención y puesta a disposición de la Justicia.-

En horas de la tarde de ayer, 10 de enero la Sra. Juez Subrogante de Segundo Turno dispuso el procesamiento con prisión del uruguayo de iniciales B.A.H. como autor responsable de un delito de rapiña especialmente agravada por el uso de armas y la pluriparticipación en calidad de cómplice, y el procesamiento con prisión del uruguayo de iniciales B.G.C.C. como autor penalmente responsable de un delito de rapiña especialmente agravada por el uso de armas y la pluriparticipación.-

Así mismo la Magistrado Subrrogante dispuso el procesamiento con prisión de Ángel Jonathan Oneill CABRERA CACERES, (poseedor de antecedentes penales), (policía en situación de sumario por un proceso anterior) a quien se le imputó el delito de Omisión de los funcionarios en proceder a denunciar delitos y un delito de encubrimiento de rapiña especialmente agravada en régimen de reiteración real. En cuanto a la femenina la Sra. Magistrado dispuso el cese de su detención.

Actualización 15/01/16:

Una vez detenido el hombre en cuestión fue indagado y reconoció haber perpetrado un hurto conjuntamente con el policia procesado, ingresando a una finca vacía ubicado en el Balneario El Chorro, donde sustrajeron una caja conteniendo 40.000 pesos uruguayos, de lo cual existe la denuncia correspondiente el día 02 de enero.

Sometido ante la justicia Penal de Feria de 4to Turno, resultó el procesamiento sin prisión del individuo de iniciales L.M.F.C. por la comisión de un delito de hurto agravado por la penetración domiciliaria y la pluriparticipacion, imponiéndosele como medida sustitutiva a la prisión, la obligación de presentarse a la Seccional de su domicilio tres veces por semana, debiendo permanecer dos horas, por el lapso de 60 días.

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