Maldonado: Nueva normativa en materia sanitaria

La Intendencia de Maldonado modificó la normativa vigente en materia de caños de ventilación, inspecciones de obras sanitarias, cañerías de desagüe, tuberías de distribución de agua, pozos fijos y cámaras sépticas.

Con anuencia de la Junta Departamental de Maldonado, fueron modificados varios artículos del decreto Nº 3855/2009. La nueva normativa establece que todos los caños de ventilación se deberán prolongar hasta pasar los techos del edificio y tener una altura suficiente para que los gases evacuados no puedan generar molestias a dependencia alguna de la fincas o molestias a fincas linderas. Además, la última cámara que tiene el sifón colector que comunica directamente con el saneamiento debe tener un caño de ventilación con una altura no menor a los tres metros.

En toda obra sanitarias, la Intendencia realizará inspección técnica de las instalaciones terminadas. En el proceso de la obra, el contralor será realizado por el técnico responsable del permiso de construcción.

El técnico de obra será responsable de realizar una prueba hidráulica para verificar la estanqueidad de las uniones de tuberías y sus accesorios. También tendrá que efectuar una prueba hidráulica a presión de las tuberías de distribución de agua potable fría y caliente, tanto directa como derivada.

En materia de pozos fijos impermeables y cámaras sépticas, los responsables de la ejecución de obras sanitarias están obligados a solicitar la inspección técnica de ejecución.

La Intendencia hará inspecciones técnicas finales de las instalaciones y del correcto funcionamiento de los artefactos instalados y la cámara final. Y toda inspección técnica solicitada deberá ser atendida en la obra por el técnico responsable o persona delegada competente. Mientras que todo técnico que omita solicitar las inspecciones técnicas de pozo fijo y cámara séptica sera sancionado; también se aplicarán sanciones cuando una obra sanitaria, al ser inspeccionada, no cumpla con los requisitos establecidos.

Establecen la aplicación de multas a las regularizaciones de instalaciones sanitarias: aplicarán dos veces y media las tasas por cada cocina, baño, o unidad sanitaria constituida por dos o más aparatos. En caso de que la unidad esté conformada por un solo aparato (Ej. Una ducha, un lavacopa, un lavarropa, etc.) el recargo será de una vez las tasas. Los recargos se aplicarán sobre las tasas calculadas de acuerdo a lo establecido para regularizaciones de sanitaria.

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