En esta oportunidad la Sra. Juez de Paz de 3er Turno Departamental dispuso la condena de un ciudadano mayor de edad, a prestar trabajo comunitario por el término de 8 días, dos horas por día en calidad de autor responsable de las faltas previstas en el Art. 365 de Ley Nº 19.120 (conducción de vehículos motorizados sin la autorización correspondiente).
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