Rige todo el año regulación de estacionamiento, circulación y obras para la costa de Maldonado.


La intendenta de Maldonado resolvió con carácter definitivo que en el conurbano Maldonado – Punta del Este y balnearios queden establecidos  horarios y regulaciones durante todo el año para actividades laborales y viales. Esta acción se implementaba en forma específica en verano, pero se decidió que se extendiera durante el resto del año.




Con el fin de aprovechar mejor las vías de tránsito y descongestionar las áreas urbanas del departamento de Maldonado, se resolvió el cambio de regulación de las actividades laborales y viales en el conurbano Maldonado – Punta del Este, como en los balnearios de la zona costera pertenecientes a los municipios de Garzón y José Ignacio, Solís Grande y San Carlos, afectando particularmente a la playa Montoya, La Barra, Manantiales, Las Flores, Solís, Playa Hermosa, Playa Verde y José Ignacio.

La siguiente regulación estará vigente todo el año 2015:

1 - Establécese con carácter definitivo que en el conurbano Maldonado – Punta del Este, como en los balnearios de la zona costera pertenecientes a los municipios de Garzón y José Ignacio, Solís Grande y San Carlos, afectando particularmente a la playa Montoya, La Barra, Manantiales, Las Flores, Solís, Playa Hermosa, Playa Verde y José Ignacio, regirán los siguientes horarios y regulaciones para las actividades que se detallan a continuación:

I) Regulación vigente para todo el año:

a) Circulación

Se prohíbe la circulación de Transporte de Cargas para la Zona Tarjeta Roja de la ciudad de Maldonado (polígono delimitado por las calles: Arturo Santana, Rincón, Dr. Edye y José Dodera), a vehículos con acoplados, remolques y semi remolques, y/o con más de dos ejes simples, en cualquier horario, salvo permiso especial debidamente autorizado por la División de Transito y Transporte de la Intendencia de Maldonado. Queda terminantemente prohibida la circulación de vehículos de carga en la Peatonal Sarandí.

Estacionamiento

Los automóviles deberán estacionar solamente sobre la acera derecha y las motos sobre la acera izquierda, salvo lugares especialmente identificados para hacerlo de otra forma.

II) Regulación vigente para baja temporada (marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre y noviembre)

General: casco de la ciudad de Maldonado. Polígono delimitado por: 19 de Abril, avenida Batlle y Ordóñez, avenida Lavalleja, Solís, Treinta y Tres, Dodera, 3 de Febrero, hasta 19 de Abril.

En esta zona, toda operación con Transporte de Cargas deberá quedar registrada por cada comercio en planilla donde figurará al matrícula de camión, tipo de carga, día hora y tiempo de operativa de espera, carga y/o descarga.

Esta planilla será controlada por la División de Tránsito y Transporte de la Intendencia de Maldonado.

b.1) Sub Zona de Tarjeta Roja:

Polígono delimitado por las calles Arturo Santana, Rincón, Dr. Edye y José Dodera.

Restricciones:
Horarios permitidos para circulación de vehículos habilitados para transporte de cargas útiles de más de cinco toneladas: desde las 19 hasta las 10.30 horas del día siguiente en la ciudad de Maldonado, y de 23 a 11 horas del día siguiente en Punta del Este, durante todos los días de la semana; de 14 a 16 horas de lunes a viernes, en ambas. Fuera de estos horarios se prohíbe en la Sub Zona la circulación y transporte de cargas a vehículos habilitados para cargas útiles mayores de cinco toneladas.

Permiso de circulación por excepción:
Para circulación en la Sub Zona Tarjeta Roja de vehículos habilitados para cargas útiles mayores de cinco toneladas se podrá obtener un permiso en carácter de excepción en la División de Tránsito y Transporte de la Intendencia de Maldonado, por razones debidamente justificadas.

b.2) Resto Sub Zona entre Zona Tarjeta Roja y límites de Zona Casco:

Área comprendida entre la Zona de Tarjeta Roja y el límite del Casco de la ciudad de Maldonado.

Restricciones:

Sin restricciones de circulación.


III) Regulación vigente para alta temporada (desde el 15 de diciembre hasta el 15 de marzo de cada año)

Delimitación: Zona del conurbano Maldonado - Punta del Este, así como en los balnearios de la costa oceánica pertenecientes a los Municipios de Garzón y José Ignacio, Solís Grande, Piriápolis, San Carlos y Garzón. Afectando en particular: Playa Montoya, La Barra, Manantiales, Solís, Las Flores, Playa Hermosa, Playa Verde y José Ignacio. Regirán los siguientes horarios y regulaciones para las actividades que se detallan a continuación:

a) Los trabajos de cualquier índole que generen ruidos molestos no podrán realizarse antes de la hora 9 ni después de la hora 22, en todas las zonas urbanizadas, costeras. No se permitirán excavaciones ni demoliciones en todo el período en los siguientes lugares:

    En Punta del Este, al Sur de la calle 32.

    En el área delimitada por las calles Arturo Santana, Rincón, Dr. Edye y José Dodera de la ciudad de Maldonado.

    Entre Rambla de los Argentinos y las calles Buenos Aires -desde Gabriel Pereira-, Tucumán y Br. Fco. Piria de la ciudad de Piriápolis.

    Balneario José Ignacio.

b) Se prohíbe durante todo el período:

    La preparación o acopio de materiales en la vía pública, fuera de la barrera de obra autorizada.

    Los cortes de pavimento durante el período, en las ciudades de Maldonado, Punta del Este, Piriápolis y La Barra.

c) El ingreso, circulación, carga y/o descarga de camiones de más de 5.000 kg de carga útil se puede realizar de 3 a 11 horas y de 14 a 17 horas de lunes a sábado en los siguientes lugares:

    Al Sur de la calle 32 de la Península de Punta del Este.

    Área delimitada por las calles Arturo Santana, Rincón, Dr. Edye y José Dodera de la ciudad de Maldonado.

De 3 a 11 horas de lunes a sábado, en los siguientes lugares:

    Avenida Pte. Eduardo Víctor Haedo –Ruta 10-- desde Palma de la Barra hasta Montoya.

    Faro José Ignacio.

    Zona comprendida entre Tucumán, Piria, Rambla de los Argentinos y avenida Artigas de la ciudad de Piriápolis.

Fuera de estos horarios, el estacionamiento, la circulación, carga o descarga de vehículos de transporte de cargas útiles de más de 5.000 kg, en las zonas indicadas quedan totalmente prohibidas.

d) La carga y descarga de abastecedores de cualquier índole y en cualesquiera vehículos en los comercios ubicados en avenida Pedragosa Sierra, entre avenida Artigas y California (ciudad de Punta del Este), podrá realizarse solamente entre las 22 y las 10.30 horas del día siguiente.

e) En Faro de José Ignacio, todos los años entre el 20 de diciembre y el 31 de enero del año siguiente:

    La calle Los Cisnes tendrá un solo sentido de circulación de Este a Oeste, entre calle Las Calandrias y Eugenio Sainz Martínez. Prohíbese el estacionamiento de vehículos sobre su borde Sur durante todo el día.

f) En el balneario Manantiales, todos los años entre el 20 de diciembre y el 31 de enero del año siguiente:

    La circulación por Ruta 10, en el tramo del balneario Manantiales, no tendrá restricciones. El estacionamiento para vehículos de transporte de cargas con capacidad superior a 5000 kg deberá realizarse en las perpendiculares a la Ruta 10 y cumplir los horarios establecidos en el presente decreto.

2 - Las infracciones a la presente resolución serán sancionadas con las multas previstas por las normas vigentes.

3 - Derogar todas las resoluciones anteriores relacionadas con la circulación de cargas en camiones y/o trabajos en la vía pública.


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