INTENDENCIA DE TACUAREMBO DEJA SIN EFECTO POSIBLES AUTORIZACIONES DE ESPECTÁCULOS PARA EL 1º DE JUNIO, QUE SE HAYAN EXPEDIDO CON ANTELACIÓN

Mediante Resolución Nº 0777/2014 de 29 de mayo del presente año, el Ejecutivo Departamental, teniendo en cuenta: Las disposiciones establecidas en la Ley Nacional de Elecciones referente a prohibiciones de efectuar espectáculos públicos y expender bebidas alcohólicas en las veinticuatro horas previas a la clausura de actos eleccionarios y que se han concedido por parte de la Intendencia Departamental autorizaciones a realizar diferentes espectáculos públicos que inadvertidamente incluyeron el día 1º de Junio de 2014, día en que se celebran las elecciones. La Ley Nacional de Elecciones vigente en la actualidad consagra la prohibición de realizar espectáculos públicos en lugares abiertos o cerrados y expender bebidas alcohólicas veinticuatro horas previas a la clausura de los actos electorales Nacionales y Departamentales. Que la Intendencia Departamental de Tacuarembó viene concediendo diferentes autorizaciones precarias y revocables para realizar espectáculos públicos en locales abiertos o cerrados y en algunos casos inadvertidamente las mismas alcanzaron a espectáculos a desarrollarse el día 1º de Junio de 2014. En función de lo establecido en los Artículos 274, 275, y 277 de la Constitución de la República. Artículo 35 de la Ley 9.515, Ley Nacional de Elecciones Nº 7.812 potestades del Jerarca. El Intendente de Tacuarembó Resuelve: 1º) Dejar sin efecto todas las autorizaciones otorgadas para realizar cualquier tipo de espectáculos públicos en locales abiertos o cerrados a efectuarse en todo el Departamento de Tacuarembó el día 1º de Junio del 2014.
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