Condena para empresario que desvió fondos en 2001


La Suprema Corte de Justicia condenó al empresario Roberto Mac Donald, gerente general y director de Ediguay SA, a resarcir con US$ 2.900.000 al Banco Central del Uruguay (BCU), por su responsabilidad en el desvío de fondos del Banco Comercial (en liquidación) a favor de empresas propiedad de Carlos y José Röhm.


Mac Donald fue condenado en abril de 2010 a 23 meses de prisión, como responsable de un “delito continuado de estafa”. El empresario fue imputado por su responsabilidad en el conjunto de estratagemas financieras ideadas por las autoridades del Banco Comercial para impulsar el vaciamiento de la institución evitando los controles de la entidad bancocentralista.

En este sentido, el Banco Comercial y Ediguay SA firmaron un contrato en 2001 donde se libraba una línea de crédito por US$ 3.800.000 a favor de la empresa liderada por Mac Donald. Ediguay SA no podía transferir el dinero a terceros, pero tres días después de acreditarse el dinero fue transferido a Paldec SA (presidida por Mac Donald).

Esta empresa concedió, un mes y medio más tarde, un préstamo de US$ 1.000.000 a San Luis Financial & Investment, entidad de los hermanos Röhm. Además, Ediguay SA concedió un préstamo por US$ 200.000 a Inetur SA (persona jurídica perteneciente al Banco Comercial) y pagó los gastos operativos de la estancia La Arcadia, propiedad de los Röhm.

La constatación de las maniobras ilícitas determinó la decisión del BCU de iniciar una millonaria demanda civil por “daños y perjuicios” contra Mac Donald, por el “extravío” de US$ 2.900.000, en perjuicio de los ahorristas de la institución financiera. La demanda está fundada en que Carlos Röhm utilizó Ediguay SA para eludir los controles del BCU.

En este sentido, “el préstamo otorgado a SLF por Paldec SA tuvo por objeto evadir la prohibición del artículo 18 del Decreto-Ley Nº 15.322”, al tiempo que la tolerancia de los incumplimiento de SLF demuestra “la culpa grave del demandado” en la concreción de las maniobras ilícitas, expresó la Corte.

Por tanto, Mac Donald tuvo “un comportamiento reñido con el ‘standard’ de un buen hombre de negocios”. “El demandado no procedió con la diligencia de un buen hombre de negocios en el desempeño del cargo de gerente y director de Ediguay SA y director de Paldec SA, habiendo incurrido en la responsabilidad prevista en el art. 391 de la Ley Nº 16.060”, concluyó la Corte.
La República

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