Las "faltas" no se castigan y analizan su depuración

La tramitación de procesos judiciales por "faltas" se redujo un 81,8% desde la eliminación de los juzgados de faltas, en febrero de 2010. La Suprema Corte de Justicia y el Ministerio del Interior conformaron una comisión para analizar cuáles de estas penalizaciones deben permanecer vigentes.

La Justicia inició solo 95 asuntos judiciales por "faltas" durante 2010, lo cual supuso una reducción de 81,8% con relación a los trámites promovidos en 2009, cuando aún estaban vigentes los juzgados de faltas, según revela el "Anuario Estadístico 2010" del Poder Judicial.
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) dispuso, mediante la acordada Nº 7673, la supresión de los juzgados de faltas de 1º y 2º Turno desde el 1º de febrero de 2010, para habilitar la creación de dos sedes de Trabajo de Instancia Única, en el marco de la Ley Nº 18.572, Ley de Abreviación de los Procesos Laborales.
La disposición implicó otorgar competencia en materia de faltas a los juzgados letrados en lo penal. La decisión implicó una disminución de 81,8% de los asuntos iniciados entre 2009 y 2010. El informe de la Corte, empero, no incluye cuántos asuntos culminaron con imputaciones ni los motivos de las mismas.
En 2009 los juzgados de faltas iniciaron 522 asuntos, de los cuales solo 42 culminaron en una imputación formal: 17 por juego de azar, 11 por obtención fraudulenta de prestación, 5 por abuso de alcohol, 3 por uso ilícito de armas y 2 por comercialización no autorizada de entradas, entre otras. En tanto, de los 693 asuntos iniciados en 2008 solo 21 terminaron en imputación: 11 por juegos de azar, 6 por abuso de alcohol, 3 por disparo de arma de fuego y 1 por obtención fraudulenta de prestación. En este sentido, un connotado magistrado explicó que la escasa persecución punitiva contra las faltas radica en que las sedes penales "están saturadas". "Las faltas para un juez penal son una bagatela, no tienen sanción penal sino multa, y si por un hurto menor o de bagatela no se mantiene a un detenido, menos se va a iniciar un asunto por una falta", señaló el juez.
"En el turno los jueces estamos saturados como para instruir estos temas, no podemos dejar una investigación de un homicidio para intervenir en casos de galantería ofensiva o ruidos molestos", agregó. En este sentido, los juzgados de faltas "cumplían una función importante" para la persecución de estos delitos, entre ellos la "obtención fraudulenta de una prestación" (retirarse de un bar sin pagar o descender de un taxi y no abonar el monto de la tarifa) o un "disparo en centro poblado", estimó el magistrado.
En este sentido, el Ministerio del Interior y la SCJ conformaron una comisión para analizar qué faltas pueden ser erradicadas del ordenamiento jurídico, como forma de facilitar y clarificar la tarea de los jueces penales. El ministro del Interior, Eduardo Bonomi, expresó días atrás su preocupación por la escasa atención a las faltas, en virtud de la "saturación" de las sedes penales en la persecución de otros ilícitos.
Ante esto, el secretario de Estado y el director Nacional de Policía, inspector (r) Julio Guarteche, se reunieron con integrantes del máximo órgano del Poder Judicial para analizar la situación, tras lo cual se decidió conformar un ámbito de trabajo para buscar una solución.
Los representantes del MI y los integrantes de la Corte coincidieron en que la eliminación de las faltas no es una buena medida, pero el instrumento debe racionalizarse. La intención es "estudiar qué faltas deben permanecer (en el ordenamiento jurídico) y cuáles pueden ser eliminadas sin problema", porque "algunas tienen que quedar vigentes", expresó Bonomi a LA REPÚBLICA.

CONTRA EL ORDEN PUBLICO

* 1º El que asistiendo a un espectáculo público provocase algún desorden o tomase parte en él.
* 2º El que desprende, altera, destruye, vuelve inservibles, ilegibles, ininterpretables, los escritos o dibujos mandados a colocar por la autoridad pública.
* 3º El que se negare a recibir por su valor, moneda de curso legal en el país.

CONTRA LA MORAL Y LAS BUENAS COSTUMBRES

* 1º El que en un lugar público, profiriere palabras o ejecutare ademanes contrarios a la decencia pública.
* 2º El que escribiere palabras o trazare dibujos o figuras contrarias a la decencia pública.
* 3º El que se dedicare a mendigar públicamente sin estar inhabilitado para el trabajo por causa de invalidez, enfermedad o vejez.

CONTRA LA INTEGRIDAD FISICA

* 1º El que omita colocar señales, remueva dichas señales o apague los faroles colocados como señal.
* 2º El que arroja en un lugar de tránsito público, cosas susceptibles de lesionar, ensuciar o molestar.
* 3º El que dentro de un poblado o sitio público dispare armas de fuego, petardos o proyectiles que causen peligro o alarma.

DEROGACION DE TODAS

* El actual proyecto de Reforma del Código Penal, a estudio del Parlamento, prevé la derogación de "toda referencia a las faltas", pues "la experiencia práctica ha determinado que se persigan solo en algunos casos muy puntuales". Empero, "esto no significa que no exista legislación sobre faltas, pero en forma independiente al Código, pues la escasa importancia de estas infracciones no justifica que formen parte del cuerpo de normas penales codificadas", señala el proyecto.

Definición

* El "Anuario Estadístico 2010" del Poder Judicial explica que las faltas "son infracciones a la ley penal pero de menor entidad, por lo que el legislador entendió que deben tratarse con más benevolencia". "Por esta razón las penas pueden consistir en el pago de multas, trabajo comunitario y eventualmente prisión. Las faltas, al igual que los delitos, pueden ser acciones cometidas contra el orden, contra la moral, contra la salud pública, contra la integridad física o contra la propiedad", señala el informe.

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