Junta Departamental de Maldonado aprobó paquete de medidas para sectores afectados por la pandemia

 Por unanimidad y con aporte de todos los partidos políticos, el deliberativo departamental sancionó una batería de beneficios contenidos en el proyecto de decreto que fuera enviado en marzo por el intendente Enrique Antía. Abarca a hoteleros, gastronómicos, transportistas y otros.


El texto que fuera enviado y sumara aportes en la comisión de presupuesto señala beneficios fiscales para agencias de viajes, establecimientos hoteleros, transporte turístico, atiende situaciones del sector gastronómico y aquellos que no pudieron abonar la contribución por no haber podido ingresar al país.

Serán alcanzados para el pago por el ejercicio 2021 los sujetos pasivos de la tasa de contralor de higiene ambiental como los servicios de organización de fiestas y eventos o los servicios prestados por las agencias de viajes.

Los propietarios de establecimientos destinados a salones de fiestas y eventos, así como las agencias de viaje, que sean sujetos pasivos de la tasa de contralor de higiene ambiental, estarán exoneradas por el ejercicio 2021 de un 50% del pago de contribución inmobiliaria y demás tributos que se cobran en relación al inmueble destinado a la actividad comercial.

El restante porcentaje de dicha obligación tributaria será el 31 de octubre de este año.

Aquellos que no cumplieron al 28 de febrero de este año con el pago de los tributos inmobiliarios, conservan el descuento de buen pagador.

La tasa de contralor de higiene ambiental será exonerada también a personas o empresas monotributistas, amparadas al régimen de aportación establecido por Mides, DGI y BPS.

En el caso del transporte turístico departamental, se exonera del pago por el ejercicio 2021 de la tasa anual por inspección y habilitación.

Estos beneficios rigen siempre y cuando no existan deudas anteriores al ejercicio 2020.

Las ferias vecinales también están contempladas. En ese sentido se exonera del pago del permiso anual correspondiente en un 50% para el ejercicio 2021.

Sobre la contribución inmobiliaria y otros tributos, la IDM estará facultada para exonerar de multas y recargos por falta de pago del ejercicio 2021 a quienes estuviesen amparados al descuento por buen pagador siempre y cuando acrediten que el incumplimiento tuvo origen en la situación de emergencia sanitaria. En estos casos se plantea mantener dichos descuentos.

Esto será posible y demostrable en caso que algún integrante del grupo familiar que se encuentre o haya estado en seguro de desempleo o haya sido desvinculado de un trabajo del 13 de marzo de 2020 en adelante.

También aplica si tuvo cese de actividad comercial en el período que va del 13 de marzo de 2020 al 31 de octubre de este año.

Rige además para contribuyentes que no pudieron ingresar al país en virtud de lo establecido en leyes y decretos dictados por el Gobierno Nacional con respecto a la pandemia.

Sobre los establecimientos hoteleros, el proyecto de decreto faculta a la Intendencia a aplicar un régimen excepcional para el ejercicio 2021 a los hoteles que permanezcan abiertos durante todo el año.

Estarán exonerados del 50% de los tributos inmobiliarios. Podrán cancelar un 25% por el sistema de contrapartidas y el restante 25% diferirlo para pagar el 30 de abril de 2022.

Aquellos que tengan un sistema de apertura distinta o permanezcan cerrados, también estarán exonerados del 50% mientras que el restante 50 se diferirá también al 30 de abril de 2022.

Aplica para quienes se encuentren en situación regular de pago de tributos.

No obstante, para los que hayan incumplido con las obligaciones tributarias del ejercicio 2020, podrán ampararse al sistema de beneficios fiscales, celebrando convenios, convirtiendo la deuda en Unidades Indexadas y abonarlas en 12 cuotas.

El no pago de una de ellas hará caer el beneficio.

En el caso de los gastronómicos, la IDM podrá, en caso que la JDM así lo avale, celebrar convenios con la corporación gastronómica para que sus afiliados puedan cancelar el equivalente al 50% del valor de la tasa de contralor e higiene ambiental o de los precios que deban abonar(por ejemplo los decks), mediante la prestación de servicios a la Administración.

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