Brasil y Cuba actualizaron sus medidas de ingreso para extranjeros

 La Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica las nuevas medidas de ingreso para extranjeros a Brasil y Cuba, informadas por sus respectivas Embajadas en Uruguay.


El Gobierno de Brasil aprobó la Portaría Nº 648/020, que mantiene la prohibición de ingreso por vía terrestre y acuática (salvo excepciones establecidas en la norma, que permanecen incambiadas, respecto de versiones anteriores), siendo únicamente la vía aérea la que posibilita el ingreso al país.

Los cambios con respecto a la normativa anterior, son los siguientes:
  • La exigencia del Test Negativo de Covid-19, PCR-RT, a quienes ingresen a partir del 30 de diciembre de 2020. El mismo deberá ser realizado con 72 horas al embarque, en laboratorio reconocido, independientemente de la nacionalidad.
  • El test PCR solo se exigirá a los pasajeros que lleguen por vía aérea, exceptuándose a eventuales casos de excepción de ingreso por tierra.
  • Declaración de Salud del Viajero, en formato impreso o digital (https://formulario.anvisa.gov.br).
  • El test debe presentarse en idioma español, portugués o inglés.
  • No se exigirá test a pasajeros que únicamente estén en tránsito por Brasil.
  • Se prohibió temporariamente los vuelos a Brasil, que tengan origen o tránsito en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
  • También están prohibidos de viajar a Brasil, los extranjeros procedentes o con tránsito por el Reino Unido, en los últimos 14 días. Esta restricción rige a partir del 25/12/2020.
Por su parte, el Gobierno de Cuba resolvió que a partir del 10 de enero de 2021, será requisito para ingresar a dicho país, la presentación de un resultado negativo de PCR-RT, de un laboratorio certificado, realizado 72 horas antes del arribo a Cuba.

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