No exigencia del Permiso Nacional de Circulación y de la Inspección Técnica Vehicular

El Ministerio de Transporte dispone la no exigencia de la vigencia del Permiso Nacional de Circulación de los vehículos de transporte de pasajeros registrados en la Dirección Nacional de Transporte, hasta el 30 de noviembre de 2020.



Además, se dispone la no exigencia de la Inspección Técnica Vehicular de las unidades de transporte de cargas (con excepción de las que transportan mercancías peligrosas) procedentes de Argentina, Brasil, Chile y Paraguay, así como también de los vehículos de transporte de pasajeros nacionales y de los referidos países, hasta el 30 de noviembre de 2020.

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