El Banco de Previsión Social se encuentra implementando controles sobre los reintegros de los trabajadores amparados al Subsidio por desempleo.
Se informa que las empresas deberán comunicar al BPS la fecha de convocatoria para el reintegro anticipado del trabajador amparado al Subsidio por desempleo dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha prevista. En caso de incumplimiento, a partir del 1.° de octubre de 2020 y en aplicación del Decreto 162/009, se podrán aplicar multas de entre uno a cincuenta jornales o días de sueldo del trabajador.
Las empresas deberán comunicar esta información a través del servicio en línea GAFI – Alta fecha reintegro, con su usuario registrado.
También se podrá informar la fecha de reintegro a la actividad desde el servicio Registro de afiliaciones – GAFI.
Las consultas deben realizarse desde el servicio en línea Consúltenos, seleccionando el tema Empresarios y el motivo Subsidio por desempleo.
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