La Sra. Juez Penal de turno dispuso la condena de un hombre de iniciales A.J.S.R, de 32 años, como autor penalmente responsable de un delito de violencia doméstica especialmente agravado y dos delitos de desacato.
Todos ellos en régimen de reiteración real a la pena de ocho (8) meses de prisión, con descuento de la detención sufrida, a cumplirse bajo el régimen de libertad vigilada con las siguientes condiciones: el total de la pena, residir en un domicilio específico; someterse al plan de intervención de la O.S.L.A.; prohibición de comunicación por cualquier medio y acercamiento con la víctima y su domicilio por un radio de 500 mts.; el ingreso al Sistema de monitoreo electrónico (tobillera), se establece custodia policial a la víctima, debido a que DIMOE informa que no hay equipo disponible; los dos (2) primeros meses prisión domiciliaria total; los siguientes dos (2) meses arresto domiciliario nocturno de 22:00 a 06:00 horas.
En la madrugada de ayer personal policial de URPM del Distrito I, concurrió en respuesta a comunicación recibida en el Servicio de Emergencias 9-1-1, a una finca sita en Calle Ayacucho y Gral. Urquiza de la Ciudad de Piriápolis, constatando la presencia del ahora imputado en el domicilio de su ex pareja, consultando a la Unidad Especializada en Violencia Doméstica y de Género de Piriápolis, donde los mismo contaban con intervenciones anteriores, manifestando que existen medidas medidas cautelares hacia la víctima y al negarse a retirarse de la finca es derivado a dicha unidad por desacato a una orden judicial.
Realizadas todas las actuaciones pertinentes, es sometido ante la justicia competente, con el resultado que luce al inicio.
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