La Contribución Inmobiliaria Rural de Maldonado vence el 31 de octubre

El Intendente de Maldonado resolvió establecer el cobro del impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural del departamento correspondiente al ejercicio 2020 con plazo hasta el 31 de octubre del 2020 inclusive. Los valores reales se determinarán aplicando el coeficiente 1.0778, para todos los inmuebles rurales del departamento.

Para las formas de pago y sus vencimientos se tendrá en cuenta lo establecido por el Artículo 44º del Decreto 3297. Vencido el plazo de pago fijado por dicha norma legal, se aplicarán las multas y recargos establecidos por el Artículo 2° del Decreto N° 3712 sobre todos aquellos tributos no abonados en término.

La estimación del tributo se reducirá en un 18 % (dieciocho por ciento) la alícuota prevista por el Artículo N° 652 de la Ley N° 15809 de fecha 8 de abril de 1986, para los propietarios rurales que exploten a cualquier título padrones que en su conjunto no exceden las 1000 hectáreas índice CONEAT 100. Dicha reducción comprende a los propietarios, poseedores, promitentes compradores con o sin promesa inscripta y los usufructuarios, que exploten con fines agropecuarios los padrones por sí o por terceros.

Además, se determina una reducción del 10% (diez por ciento) del monto a pagar por el impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural, a los productores comprendidos en el párrafo anterior, siempre que no sean contribuyentes del impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE).

Para tener derecho a los beneficios establecidos, se deberá presentar en la Intendencia, declaración jurada con detalle del total de los padrones que al 1º de enero anterior explotaban a cualquier título, con indicación del correspondiente valor real de cada uno.

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