Maldonado: Tributación para inmuebles que aún no se hayan incorporado al régimen de propiedad horizontal.

A través de la resolución Nº 07725/2018, el intendente Enrique Antía estableció que los inmuebles que aún no se hayan incorporado al régimen de propiedad horizontal tributen de acuerdo a las normas que regulan la materia siempre que se verifique una serie de requisitos.


Esas exigencias son las que se mencionan a continuación: 
  1. Que se haya concedido el permiso de construcción del edificio de que se trate y presentado el plano de proyecto de fraccionamiento horizontal conforme a lo cuales habrán de efectuarse las construcciones y atribuirse el dominio separado de las unidades.
  2. Que se haya presentado el referido plano – proyecto en la Dirección del Catastro Nacional y efectuada la evaluación fiscal provisional de las unidades a construirse.
  3. Que se detecte que el edificio esté en condiciones de ser habitado, según constatación que efectuarán los servicios de inspección de la Intendencia.

Se aclara que la Intendencia de Maldonado podrá aplicar el presente régimen de oficio y en forma retroactiva. 

En tanto, no regirán las disposiciones de la presente resolución a las situaciones alcanzadas en el artículo 1º del Decreto Departamental Nº 3941 y en el artículo 1º del Decreto Departamental Nº 3962.

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