Operación "Cerrojo" dejo nueve procesados.

El 26 de julio finalizaron las audiencias judiciales derivadas de la puesta en marcha de la denominada Operacion "Cerrojo", investigación orientada a desmantelar una organización dedicada a maniobras de tráfico de armas, que llevó adelante la DGII.

La mencionada Operación se inició en el mes de setiembre de 2015 bajo las directivas del Juzgado Especializado en Crimen Organizado de 2º Turno y la Fiscalía Especializada en Crimen Organizado de 2º Turno, desarrollándose con diferentes técnicas de investigación.

Las tareas llevadas adelante pusieron en evidencia diversas maniobras fraudulentas por parte del propietario de una armería de Montevideano que es importadora y representante de algunas marcas. El propietario, un empleado y un circulo personal de estos, realizaron compras de armamento, (más de 50 armas) y municiones a nombre de terceras personas que no tenían conocimiento de dichas compras, utilizándose para ello documentación adulterada. Algunas de esas armas fueron incautadas en Brasil en hechos delictivos

Durante el tiempo que duró la Operación se lograron obtener los elementos probatorios de las maniobras que formaban parte de la hipótesis de investigación, procediéndose al inicio de la faz ejecutiva a partir del día domingo 24, llevándose adelante detenciones, allanamientos, inspecciones en armerías, etc., procediéndose a la incautacion de 5 armas de grueso calibre y mas de 5.500 cartuchos vivos de diverso calibre

En horas de la tarde la justicia interviniente dio la siguiente resolución:


PROCESAMIENTO CON PRISIÓN DE:


  1. M.D.A., uruguayo, de 46 años, por un delito de tráfico interno de municiones, art. 60 numeral 1 del C.P. y art. 9 de la ley 19.247
  2. J.F.H., uruguayo,  de 27 años, por un delito de tráfico interno de armas, art. 60 numeral 1 del C.P. y art. 9 de la ley 19.247
  3. M.A.B.R., uruguayo, de 34, Cédula de Identidad Nro. 3.154.870-8, nacido el 09.10.1987
  4. por un delito de tráfico interno de armas, art. 60 numeral 1 del C.P. y art. 9 de la ley 19.247
  5. E.M.R.F., uruguayo,  de 26 años, por un delito de cohecho simple y tráfico interno de armas en reiteración real, arts. 54 y 60 numeral 1 y 157 del C.P. y art. 9 de la ley 19.247.


PROCESAMIENTO SIN PRISIÓN DE:

  1. S.A.G., uruguaya, de 72 años de edad, por un delito de tráfico interno de municiones, art. 60 numeral 1 del C.P. y art. 9 de la ley 19.247.-
  2. J.G.Z., uruguayo,  de 36 años, por un delito de cohecho simple, art. 60 numeral 1 del C.P. y art. 157 del C.P.
  3. R.G.C.F., uruguayo,  de 44 años, por un delito de tráfico interno de armas, art. 60 numeral1 del C.P. y art. 9 de la ley 19.247.
  4. V.H.B.P., uruguayo,  de 29 años,  por un delito de tráfico interno de armas, art. 60 numeral1 del C.P. y art. 9 de la ley 19.247.

Cabe mencionar que los antes mencionados carecen de requisitoria y no poseen antecedentes judiciales, existiendo 3 militares que, por su condición de funcionarios públicos, calificaron en la figura del cohecho.

Fuente: Dirección General de Información e Inteligencia Policial

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