Hoy y mañana en el Espacio Gorlero (Ex Ancap) de 15 a 18 horas se exhibirán los proyectos del Presupuesto Participativo de Punta del Este. La votación será el 17 de abril en circuitos del Liceo de Punta del Este, Espacio Gorlero y Comunal Kennedy.
La exposición será abierta a todo público y se podrá conversar y consultar acerca de las varias opciones.
Están habilitados para votar:
Uruguayos - Votan únicamente con credencial. Las credenciales habilitadas son DAB, DAK, no pudiendo votar credenciales de otros ciudades del departamento ni del resto del país.
Extranjeros residentes - Pueden votar con cédula y algo que certifique que residen en Punta del Este.
Los proyectos que participan son:
Proyecto 1:
Prevención del embarazo adolescente y de la violencia
Grupo ZONTA
Proyecto 2:
Museo histórico de Punta del Este
Vecinas por el Arte en Punta del Este
Proyecto 3:
Concurso de Seguridad Vial
Liga de Fomento de Punta del Este
Proyecto 4:
Control de factores de riesgo cardiovascular y adicciones a partir de la edad escolar
Dra. Mazzino
Proyecto 5:
Rosedal
Asociación Uruguaya de la Rosa
Proyecto 6:
Punta del Este Clasifiquemos
Grupo de vecinos Bº Deauville
Proyecto 7:
Por un Club solidario y participativo
Club Atlético Ituzaingó
Proyecto 8:
Restauración del Teatro de Verano Margarita Xirgú
Proyecto La Tempestad
Proyecto 9:
Canchita Bº Kennedy
Comisión de vecinos B° Kennedy
Proyecto 10:
Seguridad en el Liceo Punta del Este
Grupo de padres
Proyecto 11:
Verano Accesible
Fortaleciendo Valores
Proyecto 12:
Turistas Welcome
Punta Welcome
Proyecto 13:
Festival Internacional de Música Latina
Splendido.
Reglamento de Presupuesto Participativo para el Municipio de Punta del Este para el ejercicio 2015-2020.
Art 1. Principios Cardinales. Participación, Transparencia, Igualdad, Tolerancia, Eficacia y eficiencia, Equidad y Universalidad.
Participación: El Municipio, también denominado como tercer nivel de gobierno, tiene como una de sus principales competencias promover la participación de la ciudadanía. En este marco debe generar acciones y mecanismos que fomenten esta participación, siendo el Presupuesto Participativo uno de los principales instrumentos de trabajo que permite operar esta línea.
Transparencia: Los presupuestos de los gobiernos locales son objeto de difusión a través de los medios de comunicación a fin que la población pueda tener pleno conocimiento de ellos. La transparencia se vincula también al seguimiento en cuanto a la ejecución de los proyectos electos.
Igualdad: Las organizaciones de la sociedad civil tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza en los procesos de presupuesto participativo.
Tolerancia: Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones, posturas de quienes conforman la sociedad como elemento esencial para la construcción de consensos.
Eficacia y Eficiencia: Se pretende con este principio lograr que los gobiernos locales organicen también su gestión en base a objetivos y metas establecidas a través de los presupuestos participativos; desarrollando estrategias para el logro de lo planificado con una óptima utilización de los recursos.
Equidad: El principio de equidad es un elemento constitutivo y orientador para la gestión de los gobiernos. Está vinculado a la no discriminación, a la igualdad en el acceso a las oportunidades teniendo en cuenta las diferencias, e inclusión de grupo y sectores sociales que requieran ser atendidos con mayor focalización.
Universalidad: Criterio universal de un ciudadano/a un voto.
Art 2. Definición. El presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, por el cual la población puede discutir y decidir sobre el destino de una parte de los mismos. El ciudadano no limita su participación a votar para elegir representantes, sino que también decide prioridades de gastos y controla la gestión del gobierno.
Art 3. Etapas:
1. Difusión y sensibilización.
2. Talleres
3. Presentación de Propuestas al Municipio
4. Análisis de viabilidad y costos por parte del Municipio y selección del Proyecto de acuerdo a criterios preestablecidos
5. Ronda de presentación de proyectos habilitados para votar
6. Votación
7. Comunicación oficial de resultados
8. Ejecución y seguimiento a lo largo de los próximos cinco años.
Art 4. Monto y período. Para establecer el monto del presupuesto participativo se toma como base hasta el 20% del presupuesto de inversiones estimado.
Al no estar definido el presupuesto municipal, y frente al lanzamiento del presupuesto participativo, el Municipio de Punta del Este fijó en 2.000.000 de dólares como máximo, el monto que se pone a consideración de la ciudadanía, para el período 2015-2020
Los proyectos serán ejecutados en el quinquenio.
Art 5. Zonas, criterios de distribución y recursos.
1) El Municipio de Punta del Este realizará llamados a propuestas en los años 2015, 2016 y 2017.
2) El primer llamado será en 2015 y se podrán presentar propuestas hasta el 30/12/2015. En esta primera etapa se financiarán proyectos de un máximo de U$S 30.000 de aportes Municipales, siendo el monto total destinado a esta instancia del 15% del Presupuesto Participativo del quinquenio. Se financiará al menos un presupuesto por área, a saber: Deporte, Cultura, Patrimonio, Medio Ambiente, Desarrollo Social, Turismo., Tránsito, Acondicionamiento Urbano y Educación.
3) Los llamados a propuestas de los años 2016 y 2017 adjudicarán cada uno de ellos respectivamente el 35 y el 50% del Presupuesto Participativo. Los criterios en cuanto a la distribución, recursos y zonas de estos llamados, deberán ser acordados por el Concejo Municipal antes del 30/10/2016, buscando trabajar en conjunto con los actores sociales de la localidad.
Art 6. Análisis de viabilidad, costos y selección del Proyecto.
Las propuestas una vez recepcionadas serán estudiadas por una Comisión de Selección de Proyectos que estará integrada por el Alcalde, Concejales/as y funcionarios/as y técnicos/as del Municipio así como técnicos la Intendencia Departamental, quienes determinarán su competencia institucional, evaluarán su viabilidad técnica, económica, social, ambiental, normativa.
Asimismo se realizará una selección de los proyectos ponderando las propuestas vinculadas a iniciativa sociales colectivas en términos de género, juventud, sustentabilidad, medio ambiente, desarrollo local y los contenidos que este Municipio decida priorizar.
No se financiaran emprendimientos privados ni proyectos de particulares.
Art 7. Reglamento de votación
Sólo los proyectos que estén acordes a las normas del Presupuesto Participativo y sean viables serán sometidos a votación ciudadana a través de voto secreto, debiendo el procedimiento ser único para todas las zonas.
Para tener derecho a voto se debe ser mayor de 18 años cumplidos a la fecha de realizarse el acto eleccionario. Se deberá presentar Credencial Cívica correspondiente al Municipio, o CI vigente y documento que acredite su residencia (recibo de servicio, UTE, OSE o ANTEL a su nombre, o mediante certificado policial).
Los electores podrán votar por un solo proyecto en la jurisdicción de su Municipio de residencia.
De comprobarse el doble voto, se anularán ambos.
Con los proyectos presentados y considerados viables se confeccionara la o las planchas de votación.
Podrán participar delegados de los proponentes, procurando que representen a las distintas zonas y rubros, en el acto eleccionario y en el escrutinio final de los votos
Cada comisión receptora de votos estará integrada por un mínimo de un concejal y un funcionario Municipal o de la Intendencia Departamental.
Art 8. Procedimiento y criterios para asignar los recursos entre las propuestas sometidas a votación
a. Se considerarán todas aquellas propuestas que sean votadas.
b. Posteriormente las propuestas serán ordenadas de acuerdo a las diferentes Áreas definidas por el Municipio, estableciendo una lista de prelación por Área partiendo de la más votada y así sucesivamente hasta la que obtenga menos votos.
c. Los recursos se asignarán a los proyectos siguiendo el orden pre – establecido.
d. En el caso de que dos o más proyectos obtengan la misma cantidad de votos y no puedan atenderse ambos se realizará sorteo.
e. Con todos los proyectos electos se firmará un acuerdo que establezca las contrapartidas, derechos y obligaciones.
Art 9. Mecanismos de ejecución, seguimiento y control social de las propuestas seleccionadas.
El Municipio de Punta del se compromete a tomar las acciones que le corresponda para implementar los proyectos que resultaren aprobados.
Si dentro de los proyectos que resulten aprobados hubiera uno o más que requieran de la intervención de otros organismos del Estado, o estén supeditados a voluntad de particulares, el Municipio condicionará la adjudicación a la firma de un documento donde se establecerá para cada caso los aspectos que están fuera de su órbita de acción y por consiguiente no se le exigirá el cumplimiento de los mismos.
Art 10 La Comisión encargada del estudio de viabilidad y selección de los Proyectos integrará la Comisión de Seguimiento y Evaluación que permita garantizar la transparencia en la ejecución del gasto e ir evaluando el proceso.
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