Establecieron que los establecimientos hoteleros que opten por acceder a las condiciones de pago referidas deberán presentar, antes del 29 de febrero de 2016, una solicitud de exoneración parcial del impuesto de contribución inmobiliaria urbana y suburbana y de amparo al régimen de contrapartidas, proyectado en el Presupuesto Departamental (período 2016-2020), en los términos previstos en la resolución 00570/2016.
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