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Esta prohibido concurrir a la “Cantera Nueva Carrara”

 En el día de la fecha, se informa a la población que en la “Cantera Nueva Carrara” ubicada en el departamento de Maldonado, en la zona suroeste de ruta 60, a 7 kilómetros al norte de la ciudad de Pan de Azúcar, se ha constatado un importante número de personas ajenas al lugar.


Esta propiedad no es una zona turística habilitada y despierta la preocupación de sus propietarios y de las autoridades locales.

La misma no está apta para baños y cuenta con cartelería de "PROPIEDAD PRIVADA, PROHIBIDO PASAR", "PELIGRO ZONA DE DERRUMBE", "PELIGRO CANTERA" "NO PASAR PELIGRO DE VOLADURAS", además de que el predio tiene cinta limitadora con la leyenda "PARE",

Se están realizando por parte de la policía y autoridades locales controles y recorridas periódicas. Se ha comprobado que las personas visitan la zona haciendo caso omiso a los carteles de advertencia que existen en el lugar.

Se exhorta a la población a no concurrir a la “Cantera Nueva Carrara” para no incurrir en un delito previsto en nuestro Código Penal, Libro II - Titulo XIII - Delitos contra la propiedad Capítulo V - Delitos contra la propiedad inmueble’ Articulo 356. “Penetración ilegítima en el fundo ajeno”.

Libro II - Titulo XIII - Delitos contra la propiedad Capítulo V - Delitos contra la propiedad inmueble’ Articulo 356.

(Penetración ilegítima en el fundo ajeno) El que, contra la voluntad expresa o tácita del legítimo ocupante, penetrare en fundo ajeno, hallándose éste cercado por muro, cerco, alambre, foso u obras de análogo carácter, por su estabilidad, será castigado con 10 U.R. (diez unidades reajustables) a 100 U.R. (cien unidades reajustables) de multa. (*)

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