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La Junta Departamental de Montevideo (JDM) reguló las formas de producción artesanal de alimentos en el departamento, a través de un decreto que consta de diez capítulos con disposiciones para la elaboración de panificados; pastas; conservas de vegetales y de dulces; helados artesanales; productos de confitería; licores y cerveza artesanal.
La flamante normativa pasa a considerar alimento artesanal a todo aquel que tenga una elaboración predominantemente manual con presencia de maestro artesano (o similar) en la elaboración del producto formal y sustentable, en una actividad de producción a pequeña escala; ajustándose a las características que se definan para cada familia de productos y a cada una de las actividades de la producción específica según los procesos utilizados.
Los locales que se usen para la producción artesanal de carácter individual deberán tener dimensiones inferiores a los cincuenta metros cuadrados en el área de elaboración, a no ser que se trate de locales comunitarios de mayor dimensión, aptos y habilitados para este fin, teniendo en ambos casos que ajustarse al Reglamento Bromatológico Nacional vigente.
Quienes participen en la elaboración de estos productos deberán contar con carné de salud al día; equipo de trabajo adecuado (ejemplo: gorro, tapaboca y delantal); y carné de manipulación de alimentos.
Los límites de volumen de producción que se establecen son de: dos mil kilogramos anuales de frutas o verduras en frascos de conservas por cada productor de las mismas; quinientos litros anuales por cada tipo de licor; siete mil quinientos litros por caldera de cocción de cerveza artesanal por lote.
Los helados artesanales se clasifican en nueve tipos, cada uno con exigencias de mínimos de ingredientes y diversas restricciones en cuanto a uso de colorantes, saborizantes y aceite vegetal hidrogenado.
Con esta definición, el legislativo montevideano convalida la firma del Memorando de Entendimiento aprobado por los gobiernos departamentales de Canelones, San José y Montevideo en el marco del Programa Agenda Metropolitana sobre producción de alimentos artesanales.
Las intendencias de los tres departamentos mencionados comparten los objetivos sociales bajo los principios de servicio público, garantía de calidad y seguridad alimentaria.
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