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Montevideo: Nueva reglamentación del transporte por Apps incluye tope máximo de permisarios

La Junta Departamental de Montevideo votó una serie de modificaciones al decreto que reglamenta el funcionamiento del servicio de transporte mediante aplicaciones electrónicas. Habrá un cupo máximo de 4.000 permisarios en Montevideo de los cuales 50 serán reservados para permisarios con vehículos eléctricos.
Cada permisario deberá ser propietario del vehículo y junto al chofer de apoyo son los únicos que podrán conducir el auto para prestar el servicio. Justamente se creó esta figura de conductor adicional, quien deberá ser familiar del permisario hasta el segundo grado de consanguinidad; su cónyuge o concubino reconocido judicialmente; o hijo de su cónyuge o de su concubino. Este chofer deberá ser previamente declarado por el permisario.

En cuanto a las características de los vehículos para prestar el servicio, a lo ya establecido se agregó que deberán ser todos de 5 asientos incluyendo al del conductor.

El parlamento montevideano fijó un plazo de 15 meses a contar desde que la Intendencia promulgue este decreto, para que los actuales permisarios se ajusten a las nuevas disposiciones y para que los actuales conductores no titulares de un permiso se inscriban como nuevos permisarios (vale recordar que la inscripción de nuevos permisarios se encuentra suspendida desde el 2 de mayo de 2018).

Si vencido este plazo de 15 meses el permisario no se ajustó al cumplimiento, su permiso será revocado.

La Junta facultó a la IdeM a que reglamente las condiciones exigibles para las bajas de permisarios que no hayan cumplido un mínimo de viajes en cierto período de tiempo. Caso que generará la posibilidad de altas de nuevos permisarios, de conformidad a un orden de prelación.

La Intendencia también creará una Comisión de Seguimiento del Transporte por Aplicaciones de carácter consultivo, cuya integración será a determinar.

El cupo de 4.000 permisos se mantendrá durante los primeros 15 meses de trabajo de esta comisión, luego de los cuales podrá modificarse, por razones fundadas, a juicio de la Intendencia y con la anuencia del legislativo.

Este decreto con modificaciones a varios artículos del decreto Nº 36.197, surge a propuesta de la Comisión de Movilidad Urbana de la Junta, que llevó adelante un exhaustivo análisis de la regulación basada en el estudio presentado por la Intendencia sobre el funcionamiento del sector de transporte por aplicaciones (Uber, Easy Go y Uruguay Presente) y sus consecuencias en el sector de transporte de pasajeros tradicional (taxis y remises). La Comisión de Movilidad recibió durante este período a 11 delegaciones representativas de todos los grupos de interés vinculados al tema, quienes expresaron visiones e intereses contrapuestos y confrontados, con posturas legítimas, pero que representan puntos de vista parciales y no necesariamente emparentados con los lineamientos estratégicos de la movilidad en Montevideo.

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