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El intendente Guillermo Caraballo promulgó un decreto sancionado por la Junta Departamental por el cual se establece la obligatoriedad del etiquetado de alimentos transgénicos.
El Artículo 2º señala que, a efectos del referido decreto, se entenderá por “alimento genéticamente modificado” aquellos que “contienen o están compuestos por OGMs o han sido producidos a partir de ellos”.
Asimismo, define Organismo Genéticamente Modificado a aquel cuyo material genético ha sido manipulado por ingeniería genética.
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